Ranking de Reemplazos: Técnico/a en Educación Parvularia, Región Metropolitana
Junta Nacional de Jardines Infantiles
100 Vacantes
Termina en 1 mes.
Completa
Paseo Ahumada 11, Santiago, Región Metropolitana, Chile
Descripción
La Junta Nacional de Jardines Infantiles de la Región Metropolitana invita a ser parte de su base de datos de postulantes idóneas/os para el cargo de Técnico/a en Atención de Párvulos grado 24° EUS, a fin de cubrir las vacantes de reemplazo y/o futuras posibles contratas en Jardines Infantiles en las diferentes comunas de la Región Metropolitana.
La misión del cargo es participar en el diseño e implementación de procesos de enseñanza y aprendizaje para niños y niñas, desde la sensibilidad educativa, promoviendo su desarrollo integral en colaboración con las familias y la comunidad, y propiciando la implementación de experiencias de aprendizaje de calidad, pertinentes, diversas, bientratantes y significativas.
Vacantes: 100 (las vacantes informadas son solo referenciales).
Horario jornada laboral: Lunes a Viernes de 8:30 a 17:18 hrs.
Sueldo: $636.883 bruto mensual
II.- Requisitos Generales/Específicos:
Los(as) postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos señalados en el artículo N° 12 del DFL N°29 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo, el cual señala que para ingresar a la Administración Pública será necesario:
- Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia. (Ley 21325 Art. 175 N° 5 D.O. 20.04.2021).
- Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;
- Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
- Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace. (Ley 21690 Art. 2° N° 1 D.O. 24.08.2024).
- No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal. (Ley 21643 Art. 3 N° 1 D.O. 15.01.2024).
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal. (Ley 20702 Art. 1 D.O. 15.10.2013).
Requisitos Específicos:
- Técnico/a de Nivel Medio o Superior en Educación Parvularia, otorgado por un establecimiento de educación del Estado o reconocido por éste, o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente.
III.- Competencias del cargo
- Trabajo colaborativo
- Orientación al servicio
- Orientación a resultados de Calidad
- Aprendizaje e innovación
- Flexibilidad y adaptación al Cambio
IV.- Principales Funciones
- Contribuir en la planificación de las actividades educativas. Comprender en términos generales marcos conceptuales vigentes para participar en la planificación educativa.
- Contribuir activamente en el desarrollo de la planificación en los niveles correspondientes al aula.
- Colaborar en los procesos de evaluación pedagógica de acuerdo a las características y criterios establecidos por el grupo.
- Construir relaciones de alianza con la familia, reconociendo activamente el proceso educativo de su hijo o hija.
- Proveer de un ambiente adecuado a las necesidades e intereses de los niños y niñas del grupo.
- Generar ambientes acogedores, seguros e inclusivos, actuando oportunamente de acuerdo a las necesidades de atención a la diversidad de niños y niñas.
- Actuar como mediadora de aprendizajes facilitando la participación de todos los niños y niñas.
- Mostrar referencias positivas de relaciones e interacciones con los niños/as, promoviendo la integración y valoración de la diversidad como un valor.
- Promover el bienestar y cuidado de los niños y niñas en los distintos periodos de la jornada diaria.
- Participar en la implementación de experiencias educativas que potencien el bienestar pleno de los niños y niñas.
- Colaborar en actividades que promuevan el desarrollo integral de la infancia, en las diversas áreas como lo son, cognitivo, emocional, social y psicomotor.
- Ejecutar las actividades educativas, bajo la supervisión del educador/a de párvulos y en colaboración con el equipo educativo.
- Documentar los intereses, el comportamiento y desarrollo de los niños, colaborando en su evaluación.
V.- Conocimientos
- Bases Curriculares de Educación Parvularia
- Marco para la Buena Enseñanza
- Estándares Indicativos de Desempeño
- Primeros auxilios y Reanimación cardiopulmonar (RCP)
- Manejo de Microsoft Office (básico)
- Ley N° 18.575: Ley Orgánica Constitucional de Bases generales de la Administración del Estado
- F.L. N° 29 fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 18.834, sobre estatuto administrativo.
- Ley TEA 21.545 Trastorno del espectro autista
- Ley N° 20.832 Reconocimiento Oficial
VI.- Documentos requeridos que se deben adjuntar a la postulación
La documentación requerida es una exigencia para la evaluación curricular y para continuar a las siguientes etapas del proceso.
Se solicita a todos/as los/as postulantes verificar la información de los siguientes datos en su currículum, puesto que serán utilizados para asignar una evaluación de competencias en línea:
- Rut.
- Nombres.
- Apellidos.
- Correo.
- Nacionalidad.
- Número telefónico (celular).
VII.- Plazo de postulación
Las postulaciones son recibidas hasta las 23:59 hrs. sólo por esta plataforma y no por correo electrónico, del 27 de Marzo del 2026.
Por otra parte, en caso de no encontrar postulantes que cumplan con los requisitos establecidos en esta publicación, la Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva el derecho a declarar total o parcialmente desierto el presente proceso.
VIII.- Otras consideraciones
Para el presente proceso de Reclutamiento y Selección de Personal, es importante que el/la postulante responda correctamente las preguntas formuladas en la oferta y adjunte TODOS los documentos requeridos como obligatorios en el Punto VI, pues estos serán considerados uno de los criterios de selección para pasar a la siguiente etapa del proceso. Quienes no adjunten todos los documentos requeridos en su postulación, no pasarán a la etapa de evaluación.
En caso de existir evaluaciones o entrevistas presenciales, los costos asociados a traslado, alojamiento y alimentación serán de responsabilidad de los/as postulantes.
Quienes presenten alguna discapacidad que les impida o dificulte acceder a los instrumentos de selección, deben informarlo en su postulación para que podamos adaptarlos y de este modo garantizar la no discriminación.
Dada la entrada en vigencia de la Ley N°21.389 (Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos), si es seleccionada/o, deberá autorizar a la institución para proceder con las retenciones y pagos que correspondan al alimentario en caso de tener obligaciones pendientes. Esta será una condición habilitante para su nombramiento en el cargo.
Cargo afecto a inhabilidad contenida en el art 85° del DFL29 sobre Estatuto Administrativo: “En una misma institución no podrán desempeñarse personas ligadas entre sí por matrimonio, por parentesco de consanguinidad hasta el tercer grado inclusive, de afinidad hasta el segundo grado, o adopción, cuando entre ellas se produzca relación jerárquica. Si respecto de funcionarios con relación jerárquica entre sí, se produjera alguno de los vínculos que se indican en el inciso anterior, el subalterno deberá ser destinado a otra función en que esa relación no se produzca".
IMPORTANTE
Es responsabilidad de cada postulante asegurarse de completar toda la información requerida en el proceso de postulación de manera correcta, validando además sus datos al momento de postular y la consistencia de éstos con la documentación que adjunta, lo que servirá de insumo para el avance en las distintas etapas del proceso.
Correo de consultas: Gustavo.maldonado@junji.cl - seleccionmetro@junji.onmicrosoft.com ASUNTO: RANKING TÉCNICOS 2026