Técnico/a de Gestión, Oficina de Remuneraciones, comuna de Iquique, Región de Tarapacá
Junta Nacional de Jardines Infantiles
1 Vacantes
Termina en 1 semana.
Completa
Wilson 243, 1100888 Iquique, Tarapacá, Chile
Descripción
La Junta Nacional de Jardines Infantiles requiere contratar a Técnico/a de Gestión, Grado 16° EUS, para la Oficina de Remuneraciones, de la Subdirección de Gestión y Desarrollo de Personas de la Dirección Regional Tarapacá, ubicada en Wilson N°243, comuna de Iquique, región de Tarapacá.
La misión del cargo corresponde a administrar, ejecutar y controlar los procesos administrativos y contables de la Oficina de Remuneraciones, analizando minuciosamente cada documento que ingresa y se emana desde recursos humanos, según las normativas que rigen la administración pública, para asegurar el pago de remuneraciones del personal tanto de los Jardines Infantiles como de la oficina de la Dirección Regional Tarapacá.
Vacantes: 01
Requisitos Generales
Los(as) postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos señalados en el artículo N° 12 del DFL N°29 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo, el cual señala que para ingresar a la Administración Pública será necesario:
- Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia. (Ley 21325 Art. 175 N° 5 D.O. 20.04.2021).
- Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;
- Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
- Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace. (Ley 21690 Art. 2° N° 1 D.O. 24.08.2024).
- No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal. (Ley 21643 Art. 3 N° 1 D.O. 15.01.2024).
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal. (Ley 20702 Art. 1 D.O. 15.10.2013).
Requisitos Específicos
- Técnico de nivel Superior Contable, Administración, Finanzas y/o carreras a fin con formación en el área de administración y/o gestión de personas.
- O Técnico de nivel medio Contable, Administración, Finanzas y/o carreras a fin con formación en el área de administración y/o gestión de personas, y acreditar una experiencia no inferior a 1 año como Técnico de Nivel Medio (Ley de Planta).
II.- Experiencia
- Contar con una experiencia de al menos 1 año como Técnico y/o administración en el sector público o privado.
- En el caso de los que presenten título técnico de nivel medio, excluyente acreditar una experiencia no inferior a 1 año (Ley de Planta).
III.- Competencias del cargo
- Trabajo colaborativo.
- Orientación al servicio.
- Orientación a resultados de calidad.
- Planificación y organización.
- Iniciativa y autonomía.
IV.- Conocimientos Esperados:
- Manejo de Microsoft Office; Excel nivel intermedio.
- Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado (Nivel Medio)
- Decreto con Fuerza de Ley N° 29 de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N” 18.834, sobre Estatuto (Nivel Medio)
- Legislación Laboral Ley Nº19.882: Nuevo Trato Labora( Nivel Medio)
- Conocimientos de Sistemas de Contabilidad y gestión y control de elementos de los Estados Financieros (Nivel Medio).
- Código del trabajo
V.- Principales Funciones:
- Realizar el proceso de pago de remuneraciones del Personal JUNJI Dirección Regional Tarapacá en sistema informático.
- Aplicar y gestionar de acuerdo a las normas que se dicten sobre la materia, para asegurar el oportuno pago de las remuneraciones de las/os funcionarias/os.
- Ejecutar y controlar el uso de sistemas y procedimientos administrativos para el ingreso, cálculo y pago de remuneraciones, bonos e incentivos.
- Generar y controlar el pago de las cotizaciones previsionales de los/as funcionarios/as dentro de los plazos establecidos por la normativa legal.
- Controlar, supervisar y validar los procesos ejecutados mensualmente relacionados con las remuneraciones del personal de la Institución
VI.- Documentos que debe adjuntar en su perfil para postular:
- Currículum actualizado.
- Certificado de título técnico nivel superior.
- Certificado de antecedentes con vigencia no mayor a 2 meses (https://www.registrocivil.cl/principal/servicios-en-linea).
- Certificado de inhabilidades para trabajar con menores de edad con vigencia no mayor a 3 meses (https://inhabilidades.srcei.cl/ConsInhab/consultaInhabilidad.do).
- Certificado de inhabilidades por maltrato relevante con vigencia no mayor a 3 meses (https://inhabilidades.srcei.cl/InhabilidadesRelevante/#/inicio).
- Técnico de nivel medio debe adjuntar certificado que acredite experiencia profesional de al menos 01 año (Ley de planta).
** Para acreditar la experiencia profesional exigida, es necesario un certificado laboral del empleador (jefatura o representante de la institución/empresa, o del área de Recursos Humanos) que indique:
- Identificación personal.
- Nombre del cargo y funciones específicas del cargo.
- Periodo de inicio a fin (señalando periodos diferidos si las funciones se han modificado).
- Estar validado a través de nombre, firma y timbre de la entidad y/o quien lo emite, o RRHH.
El certificado de antigüedad de la JUNJI no será válido para el cumplimiento de este requisito. Además, serán inválidos los certificados de cotizaciones, contratos, nombramientos, finiquitos, u otros que NO cumplan con todos los puntos mencionados.
La documentación requerida es una exigencia para la evaluación curricular y para continuar a las siguientes etapas del proceso.
VII.- Plazo de postulación
Las postulaciones son recibidas sólo por esta plataforma y no por correo electrónico, hasta las 23:59 hrs. del día 23 de marzo de 2026.-
VIII.- Otras consideraciones
Recuerda adjuntar en tu perfil toda la documentación solicitada en el anuncio, para poder continuar en el proceso. Es responsabilidad de cada persona completar o actualizar sus datos de identificación y contacto, así como responder correctamente a las preguntas formuladas en la oferta.
En caso de existir evaluaciones o entrevistas presenciales, los costos asociados a traslado, alojamiento y alimentación serán de responsabilidad de los/as postulantes.
Quienes presenten alguna discapacidad que les impida o dificulte acceder a los instrumentos de selección, deben informarlo en su postulación para que podamos adaptarlos y de este modo garantizar la no discriminación.
Dada la entrada en vigencia de la Ley N°21.389 (Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos), si es seleccionada/o, deberá autorizar a la institución para proceder con las retenciones y pagos que correspondan al alimentario en caso de tener obligaciones pendientes. Esta será una condición habilitante para su nombramiento en el cargo.
Se entenderá como candidato/a no elegible quien cumpla con la condición señalada en el artículo 85 del DFL 29 del Estatuto Administrativo que indica “En una misma institución no podrán desempeñarse personas ligadas entre sí por matrimonio, por parentesco de consanguinidad hasta el tercer grado inclusive, de afinidad hasta el segundo grado, o adopción, cuando entre ellas se produzca relación jerárquica".
Correo de consultas: luis.flores@junji.cl - francisca.gonzalez@junji.cl